Resolvemos tus dudas: ¿Qué es la plusvalía municipal? Cuando y cuanto hay que pagar?

Cuando hablamos de plusvalía, hacemos referencia a un impuesto que hay que abonar al ayuntamiento cuando se realiza una venta o una donación de un inmueble. En el caso de la venta, es la persona que vende la que tiene que pagar la cuantía que se estipule. Pero, si se trata de una donación, será la persona que recibe la propiedad la encargada de liquidarlo.

Se aplica generalmente cuando la venta de una propiedad llevaba asociada un incremento de las ganancias sobre el precio en el que se adquirió. Sin embargo, la crisis cambió esta asociación y comenzaron a venderse propiedades por debajo del precio de compra. De ahí que saltara la polémica sobre la adecuación del pago del impuesto.

Se regirá por el precio del terreno en el momento en el que se realiza la transmisión y de la cantidad de los años durante los cuales la persona que lo vende o cede ha sido propietario. Para calcularlo se realizará una multiplicación del valor del terreno por los años que le corresponda y se le aplicará el porcentaje anual que lleve asociado. Como norma se tendrán 30 días para pagar el tributo, salvo en caso de que exista una división judicial de la herencia, debiéndose comunicar dicha situación para poder paralizarlo.

Por último, debes saber que existen casos que están exentos de pago, como pueden ser la transmisión de inmuebles entre cónyuges.

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