Entrada en vigor de la ley hipotecaria 5/2019

El pasado 16 de junio entró en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario que, entre otros, reforma la ley hipotecaria.

De la nueva ley hipotecaria, queremos destacar los siguientes aspectos:

– La tasación del inmueble que garantizará el cumplimiento del préstamo tendrá que ser realizada por un profesional independiente del prestamista o del intermediario de créditos inmobiliarios.

-El banco tendrá que hacer frente a los gastos de gestoría, registro, notaria, impuesto sobre actos jurídicos documentados y de su propia copia de la escritura, mientras que el prestatario tendrá que pagar la tasación del bien que se graba y de su propia copia de la escritura (Arte. 14).

– Se establece la obligación de, como mínimo 10 días antes en la firma del préstamo, el banco dejará reflexionar al prestatario sobre las condiciones libradas.

– Se impone la obligación al prestatario de, al menos un día antes de que se autorice la escritura de préstamo, comparecer ante Notario porque este lo  informe sobre las condiciones y cláusulas del préstamo hipotecario que le ofrece el banco y extienda, gratuitamente, una acta acreditativa donde se refleje toda la  información.

– Estará prohibido asociar la hipoteca a otros productos que vendan los bancos: planes de pensiones, seguros de vida y/u hogar, tarjetas de crédito…. Pero podrá exigir un seguro que dé cobertura al cumplimiento del préstamo.

Fuente: Api.cat.

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